Proyecto Resolución Coljuegos

Por la cual se reglamenta la entrada en operación legal de las Máquinas Electrónicas Tragamonedas que operan actualmente sin autorización en locales cuya actividad comercial principal puede ser diferente a juegos de suerte y azar.

El Presidente de la empresa industrial y comercial del estado administradora del monopolio rentístico de los juegos de suerte y azar (Coljuegos). En uso de las facultades legales y en especial de las contempladas en el artículo 1 de la Ley 643 de 2001, numeral 5 del artículo 2 o del Decreto 1451 de 2015, numeral 3 del artículo 2.7.5.3 del Decreto 1068 de 2015, y que en desarrollo del Artículo 336 de la Constitución Política, el cual establece: que “(…) La organización, administración, control y explotación de los monopolios rentísticos estarán sometidos a un régimen propio, fijado por la ley de iniciativa gubernamental. Las rentas obtenidas en el ejercicio de los monopolios de suerte y azar estarán destinadas exclusivamente
a los servicios de salud”, se expidió la Ley 643 de 2001 que fija el régimen propio del monopolio rentístico de juegos de suerte y azar.

Fuente tomada de: https://www.coljuegos.gov.co/publicaciones/306794/proyecto-de-resolucion/

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